Las prestaciones de la Seguridad Social que un Autónomo recibe cuando está de baja van en función de la Base de Cotización por la que haya cotizado, pero en todos los casos son: un 60% del 4º día de baja hasta el día vigésimo, a partir del día 21 se cobra el 75% de la base de cotización.
Cómo la mayoría de los Autónomos cotizan por la Base de Cotización mínima resulta muy importante que estos complementen los ingresos provenientes de las prestaciones de la Seguridad Social con los ingresos que les ofrece un Seguro de Baja Laboral.
Si eres autónomo no debes dejar que ningún contratiempo afecte a tu nivel de ingresos y al nivel de vida de tu Familia, para ello lo mejor que puedes hacer es protegerte con un Seguro de Baja Laboral para Autónomos.
Seguro para autónomos por Incapacidad Laboral Temporal
Con el Seguro de Baja Laboral se puede disfrutar, entre otras, de las siguientes ventajas:
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- Lo recibirás desde el primer día que cojas la baja: Se trata de un Seguro Baremado, por lo que cobrarás una Indemnización de importe fijo en función de los días marcados en el baremo.
- Agilidad en la tramtación: De esta manera no esperarás al alta médica para cobrar.
- Protección contra el desempleo o incapacidad temporal: Tiene una garantía de reembolso para las primas mensuales. El importe máximo será de hasta 6 meses.
- Orientación y segunda opinión médica.
- Eliminación de los períodos de carencia. Esta opción es interesante cuando vas a cambiar de compañía de seguros para elegir otro mejor para ti.